La Fiscalía reduce a tres años la petición de cárcel por el ERE de Río Grande

José María Calero, abogado de uno de los procesados y de Griñán: "En algún momento habrá que reconocer que después de la sentencia del Constitucional los ERE se quedan en los intrusos"

Juan Lanzas, cuyo cambio de abogado hizo que se aplazara el pasado mes de marzo, no acudió al estar siendo operado

Juicio por el ERE de Río Grande en la Audiencia de Sevilla
Juicio por el ERE de Río Grande en la Audiencia de Sevilla / Antonio Céspedes

Enésimo juicio de una de las piezas de los ERE. En este caso, la del restaurante Río Grande por la ayuda de 1,5 millones de euros que se dirige contra nueve acusados, entre los que se encuentran la administradora única de Río Grande, Carmen García Sánchez; a la que la Fiscalía Anticorrupción solicita la misma pena de 7 años de prisión por un delito de prevaricación en concurso medial con otro de malversación de caudales públicos; así como contra varios responsables y trabajadores de la mediadora Vitalia, de la entidad Atrado Mensajería y del bufete Estudios Jurídicos Villasís, y la intrusa Carmen Fontela, que nunca había sido trabajadora de Río Grande y fue incluida como beneficiaria de una póliza de seguro, y a la que pide cuatro años y seis meses de cárcel. Para los otros acusados, solicita igualmente penas de entre seis y siete años de prisión. Durante la primera sesión del juicio, la fiscal cambió la petición de condena para los acusados “aplicando el artículo 65.3 del Código Penal”, que indica que cuando en el inductor o en el cooperador necesario no concurran las condiciones, cualidades o relaciones personales que fundamentan la culpabilidad del autor, los jueces o tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a la señalada por la ley para la infracción de que se trate.

De este modo, las acusaciones han pedido para todos los acusados, salvo para Carmen Fontela, tres años de cárcel por un delito de malversación y 8 años de inhabilitación absoluta por un delito de prevaricación. Para Fontela, tanto la fiscal como la letrada de la Junta y la acusación popular han pedido dos años de cárcel y cinco de inhabilitación parcial por la malversación y siete años de inhabilitación por la prevaricación. Un nuevo proceso que ha tenido, como novedad la declaración de Antonio Albarracín, que llegó desde la cárcel de Alcalá Meco, donde cumple condena por la causa de Acyco. Albarracín, que solo contestó a las preguntas de su abogado, negó haber recibido comisiones por su intervención en este expediente “ni por los demás” y aseguró que Juan Lanzas era un comercial externo “para empresas que preparaban prejubilaciones”.

Por lo demás, la situación de cualquiera de los ERE tras la sentencia del Tribunal Constitucional fue la principal basa de las defensas, que aludieron, prácticamente en su totalidad, a la falta de tutela judicial efectiva de los acusados al considerar que la inclusión de ayudas no recogidas entre las condiciones de la partida 31L “son las que deben ser objeto de enjuiciamiento, por lo que entendemos que todo lo que no sea intrusos deben quedar fuera del marco penal”. Un paso más allá fue José María Calero, abogado de otro de los acusados y del ex presidente José Antonio Griñán, quien afirmó que “en algún momento habrá que reconocer que después de la sentencia del Constitucional los ERE se quedan en los intrusos”. Incluso otro de los defensores aludió “al galimatías procesal” en el que se han convertido las piezas.

No lo ven así las acusaciones, quienes aludieron continuamente a la sentencia de Surcolor como ejemplo de que la resolución del Constitucional es compatible con un fallo condenatorio como el de esa pieza de los ERE que se realizó atendiendo a las indicaciones realizadas por el Tribunal de Garantías en su resolución. La primera sesión del juicio del Río Grande, celebrada más de 14 años después del comienzo de las diligencias, fue de nuevo un complejo cruce de interpretaciones jurídicas de las diferentes causas de los ERE, sobre todo, la evolución del llamado “procedimiento específico” que, como alegaba una de las defensas, “esta época será estudiada en la historia del Derecho como un caso singular porque, entre otras cosas, es curioso que el Supremo no plantee conflictos ante el TJUE y la Audiencia de Sevilla, sí”.

Río Grande solicitó el 15 de julio de 2005 un ERE para 12 de los 33 trabajadores de la plantilla alegando causas organizativas y presentando un memoria explicativa en la que describía unos “resultados negativos del negocio, especialmente en 2004, si bien es cierto que la empresa declaró beneficios por importe de 1.250.594,42 euros”, según la Fiscalía.

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