María León defiende que no agredió a la agente: "La actuación policial se les fue de las manos; han dibujado esa noche como si fuera el Bronx"

Incidente con la Policía Local de Sevilla

La abogada de la actriz alega que es una persona "absolutamente menuda", por lo que no es posible "el acto de arte marcial que se le imputa"

María León acepta su condena por el incidente con la Policía Local de Sevilla

Así fue la declaración de María León ante la juez / Juzgado de Guardia

María León pasa al contraataque. La actriz sevillana, que fue condenada a pagar una multa de 5.700 euros de multa por su altercado con la Policía Local de Sevilla en la madrugada del 1 de octubre de 2022, se ha opuesto con contundencia a los recursos de los tres agentes que ejercen la acusación particular y quienes han pedido a la Audiencia de Sevilla que la intérprete sea condenada por un delito de atentado a la autoridad a una pena de dos años y un día de prisión. La intérprete vuelve a criticar la actuación de los agentes, señalando que "se les fue de las manos" y afirmando que incluso algunos de los policías "pidieron perdón por ello", al tiempo que acusa a los policías de haber intentando "dibujar esa noche como si fuera el Bronx".

La abogada de la intérprete, Carla Vall I Durán, ha elaborado un durísimo escrito en el que arremete contra los recursos presentados por los tres policías y para los que solicita la condena en costas por estos recursos. Después de haber aceptado la condena por el delito de resistencia, al no recurrir solicitando su absolución, la letrada vuelve a defender que María León no agredió a la agente que la detuvo, a pesar de que la sentencia declara probado que le propinó un puñetazo en la cara y una patada, y que la insultó. A su juicio, lo que ocurrió aquella madrugada "no fue un acto muy grave como se repite una y otra vez por las acusaciones particulares" porque el incidente "no es un acto de violencia extrema, ni de oposición extrema a la violencia policial", sostiene la defensora, que recuerda que ni siquiera la Fiscalía, que inicialmente pedía penas de cárcel para la actriz por un delito de atentado a la autoridad, ha recurrido la sentencia.

Así, entiende la abogada que la postura de la Fiscalía obedece a que "pudo ver cómo en el acto del juicio tal gravedad se iba desvaneciendo por momentos" y la decisión del Ministerio Público de no recurrir se debe a que "sabe que es casi lo máximo que se podía conseguir: una condena en los términos en los que fue impuesta es el máximo reproche penal que se puede obtener con esos hechos probados".

"María León no ha recurrido la condena para mantener sus energías y necesidades, ya desgastadas con el presente proceso", afirma la letrada Carla Vall I Durán

La letrada justifica asimismo por qué no ha recurrido María León la condena: "Si esta representación no ha recurrido no es por miedo a no obtener respuesta absolutoria sino para mantener las energías y necesidades de la señora León, ya desgastadas con el presente proceso".

Insiste la letrada en que la actuación policial fue "completamente desproporcionada" y añade que la actriz "no miente" cuando dijo que había dado verbalmente su DNI, pero insiste en que el vídeo que prueba este extremo "no tenía sonido en el acto del juicio y nadie lo había subido al sistema", y afirma que esa grabación, que ahora ha aportado a la Audiencia, demuestra que María León ofrece su DNI a los funcionarios policiales, por lo que considera que están "faltando a la verdad".

La irónica comparación con el Bronx

La defensa también tira de ironía para comparar el altercado de la actriz con el conocido y conflictivo barrio neoyorkino del Bronx. "A pesar de los trazos prosaicos de dibujar esa noche como si fuera el Bronx, no se ha conseguido inventar un ambiente creíble para las acusaciones particulares sobre lo acaecido esa noche. Y, es más, sostenemos que es una actuación policial que se les fue de las manos e, incluso, algunos agentes pidieron perdón por ello".

Dice la abogada que en el juicio algunos agentes fueron "suficientemente valientes y entendieron que el corporativismo es mantener el buen nombre del cuerpo y no hacer este tipo de actuaciones: ni hacia la ciudadanía, ni hacia la Justicia".

A lo largo del escrito en el que impugna los recursos de los policías, la defensa rechaza que la actriz pueda ser condenada a una pena de prisión por el delito de atentado y pide que se confirme la sentencia que la condenó al pago de la multa de 5.700 euros por el delito de resistencia. En este sentido, considera que la sentencia del juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla estima "correctamente" que la conducta de María León "carece de voluntad inequívoca de agredir y se corresponde con una reacción desorganizada y espasmódica, sin propósito de ataque directo", lo cual encaja de manera más precisa en el delito de resistencia.

María León, con su abogada, llegando a la sede judicial.
María León, con su abogada, llegando a la sede judicial. / José Ángel García

Se limitó a "obstaculizar y dificultar la actuación policial sin agresión directa"

En ausencia de ese componente ofensivo esencial, prosigue, su conducta se limita a "obstaculizar y dificultar la actuación policial sin alcanzar la agresión física directa o manifiesta", por lo que la actuación de la actriz, "consistente en intentar huir, resistirse a la inmovilización y oponerse a la colocación de los grilletes, no responde a una embestida ni a un acto violento o con ánimo de menosprecio u ofensa, sino a una reacción impulsiva y desorganizada, carente de la intensidad y finalidad que exige la figura del atentado", reitera la defensa. "Ni la intensidad de la conducta ni el ánimo que la motivó permiten su encaje en el delito de atentado, siendo plenamente adecuada y ajustada a Derecho su calificación como delito de resistencia del artículo 556 del Código Penal".

Fue una "situación de tensión y resistencia frente a una actuación policial legítima, pero no hubo acometimiento o agresión directa; no hay voluntad clara y deliberada de agredir"

Añade que los hechos probados evidencian una "situación de tensión y resistencia frente a una actuación policial legítima, pero no permiten afirmar que concurra un acometimiento o agresión directa que justifique la aplicación" del tipo penal del delito de atentado. "En efecto, la conducta observada no refleja una voluntad clara y deliberada de agredir ni un ataque frontal contra los funcionarios. Y, es que además, la señora León es absolutamente menuda, imposibilitando el acto de arte marcial que se le imputa", concluye la letrada.

Por último, defiende que la actriz ha colaborado con la Justicia, porque declaró en el juicio -aunque sólo respondió a las preguntas de las defensas- y asegura que ha mantenido silencio durante todo el proceso: "Aquí, lo verdaderamente loable es que una persona famosa se aleje del foco público y no diga ni una palabra con respecto al proceso en curso, para tener todo el respeto al proceso judicial y a la independencia de los jueces en la impartición de Justicia", lo que no obsta para que haya dado una entrevista haciendo uso de la "libertad de expresión".

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